El orden jurídico de un
Estado, es el conjunto de todas las normas que rigen y se aplican dentro de su
territorio nacional.
Este orden es regulado por
un conjunto de principios. Estos son: el de jerarquía, el de derogación y el de
competencia.
Principio
de jerarquía: Este principio consiste en que si dos normas
de diferente jerarquía se contradicen, se aplica la de mayor jerarquía.
Principio
de derogación: Se aplica cuando la contradicción es entre
dos normas de igual jerarquía y dictadas por el mismo órgano pero
en diferentes momentos, entonces la norma posterior deroga a la anterior.
Principio
de competencia: La competencia es la aptitud que tienen los
órganos del Estado para dictar normas jurídicas dentro de cierto ámbito
territorial, en relación a determinadas materias o asuntos, y sobre determinada
población.
En la pirámide, se ubican todas las normas del orden jurídico, respetando el principio de jerarquía, de tal manera que los actos legislativos no pueden contradecir a la Constitución Nacional, así como los actos administrativos no pueden contradecir a los actos legislativos, y así de forma sucesiva.
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